20.09.2018: Heckler & Koch - Día de juicio 15:

Una sentencia absolutoria es poco probable.



La corte emite una advertencia de hecho y de derecho que podría darle un giro imprevisto al juicio.

 

Autor: Jan van Aken

 

Informe del decimoquinto día del juicio, el 20 de septiembre de 2018.

 

Hoy el juez presidente de la Sala dio lectura "una advertencia formal de hecho y de derecho" para advertirle a los acusados que en su caso sería pertinente aplicar, además de las expuestas en la acusación, algunas leyes penales más. La advertencia abarca esencialmente los siguientes puntos:

 

1.   En el caso existen dos complejos de hechos, en los que cabe considerar una condena por infracción de la Ley de Comercio Exterior, uno con base a una licencia habida subrepticiamente. En el otro, se presentó una declaración de destino final a la Oficina Federal de Exportación que no tenía validez alguna debido a que el contrato de compra correspondiente había sido cancelado (véase la presentación de pruebas del día 13). En un complejo de hechos posterior, supuestamente hubo obtención subrepticia dado que se presentaron declaraciones de destino final, sabiendo los responsables de Heckler & Koch que las autoridades mexicanas en realidad no tenían la intención de garantizar el destino final en los estados declarados en el documento. En ambos casos podría pretenderse que los acusados Ingo S. (anteriormente gerente de ventas de HK) y Marianne B. (anteriormente secretaria) participaron a sabiendas o actuaron deliberadamente en este fraude, o por lo menos lo toleraron sin objeción alguna.

 

2.   También podría considerarse que los acusados Ingo S. y Marianne B. supuestamente acordaron este delito en banda para obtener permisos a la mala.

 

3.   A Marianne B., se le podría considerar no sólo cómplice del delito, sino también cómplice secundaria por haber apoyado los actos en cuestión.

 

A continuación, el juez presidente explicó la advertencia y expuso los puntos en que ve indicios de una posible participación de Ingo S. y Marianne B. en la obtención de permisos:

 

Todo esto se basa en el intercambio de mensajes electrónicos del 25 y 26 de abril de 2006, comenzando por un correo electrónico del representante en México de HK, Markus B., en el que sin rodeos preguntaba en cuanto a la declaración de destino final: "¿Pudiera ser que no deba mencionarse al estado federal de Guerrero? “(véase el día de proceso 4). Ingo S. respondió a esta pregunta, entre otras cosas, con las siguientes palabras: “Si Guerrero aparece como autorizado hasta ahora en los papeles, puede dejarse así”. El juez presidente planteó la pregunta de qué cosa significaba esto, ya que del mensaje se desprende claramente que Guerrero había de recibir armas y por consiguiente tenía que estar forzosamente especificado en los papeles. Bajo estas circunstancias la pregunta del mensaje carece de todo sentido.

 

El juez también expuso algunos puntos sobre la pretendida contribución de Marianne B. al delito. Hasta la fecha, la acusada había venido insistiendo en que ella, como simple oficinista, actuó siempre siguiendo instrucciones, únicamente. El juez arguyó que ella escribió varias ofertas para el estado de Guerrero en el lapso de abril a junio de 2006. En uno de los mensajes electrónicos impreso de agosto de 2006 se encuentra sin embargo un comentario de su puño y letra que reza "Guerrero debe borrarse". A opinión del juez, en ese momento ella tendría que haberse dado cuenta de la trama.

 

Luego, el 31 de octubre de 2006, escribió en un correo electrónico: "Creo que sería conveniente declarar al ejército mexicano usuario final". A opinión del juez, esto bien puede interpretarse como que ella estaba haciendo sugerencias concretas para la redacción de las declaraciones de destino final. Varios correos electrónicos posteriores podrían confirmar esta impresión (por ejemplo, aquellos con fecha de 8 de enero de 2007 y 24 de octubre de 2007). Sin embargo, cabe considerar todo esto como resultado de la redacción un tanto arbitraria de las declaraciones de destino final mexicanas.

 

Esta advertencia de hecho y de derecho todavía no representa la determinación del tribunal acerca de los hechos, sino simplemente es una señalación, qué otras disposiciones penales podrían llegar a aplicarse. Al hacerlo, el juez no pretende anticipar de ninguna manera la sentencia. Resulta interesante que en la advertencia no se mencione a los otros acusados. Esto no significa automáticamente que ellos no puedan ser también objeto del juicio, sino que, tomando en cuenta los hechos conocidos, los nuevos cargos no puedan considerarse en su caso.

 

Sin embargo, la referencia tiene importancia decisiva, ya que en el curso del juicio se viene delineando que el tribunal tiene una actitud más bien crítica en cuanto a los cargos originales de la acusación. La acusación se basa principalmente en el hecho de que las entregas de armas a estados de México se llevaron a cabo sin haber permisos para ello. El juez presidente había señalado ya repetidamente al tribunal - y volvió a repetirlo durante el presente día del juicio - que el tribunal tiene dudas y dificultades con la cuestión, de si la exclusión de ciertos estados puede ser objeto de un permiso.

 

Esto resulta aun más impactante, expuso el juez, si se considera que en el transcurso del juicio los testigos por parte de las autoridades que otorgaron las licencias no lograron declarar claramente cuál podría haber sido, dentro de todo esto, el propósito de las mismas autoridades en el asunto. Y si ya las personas mismas involucradas en el asunto no sabían exactamente lo que pretendían, entonces resultaría también difícil para la corte explicar a otros que fue lo que realmente querían.

 

En el caso de que esta opinión de carácter temporal pero formulada claramente por el tribunal adquiriera validez al finalizar el juicio, la acusación original se vendría abajo, siendo la consecuencia lógica la probable absolución de los acusados. La advertencia dejó en claro, sin embargo, que hay otras posibilidades para condenar por lo menos a dos de los acusados.

 

El tribunal indicó, además, que esta situación de hechos – la obtención subrepticia de permisos -se da sólo en la Ley de Comercio Exterior (AWG – Außenwirtschaftsgesetz)), no así en la Ley de Control de Armamentos (Kriegswaffenkontrolgesetz).

 

Después de esta indicación legal no hubo más discusiones ni preguntas, concluyendo así rápidamente este día de juicio. Quedó cancelado el día de juicio del 24 de septiembre, el miércoles, 26 de septiembre declararán dos testigos más de Heckler & Koch en cuanto al pago de gratificaciones y cifras de negocios. Por lo pronto, se daría por terminada con esto la diligencia de pruebas, pero es de esperar, que los acusados presentarán interrogatorios con pedimentos y de ser así, habrá citación de testigos.

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Traducción del alemán: María-Eugenia L- Valencia

La versión original alemana puede consultarse en: https://www.rosalux.de/news/id/39315/heckler-koch-prozesstag-15-ein-glatter-freispruch-wird-unwahrscheinlicher/

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