21.02.2019: Heckler & Koch - día 29 del juici:

La Sentencia



Los "certificados de destino final" como elemento central de las licencias de exportación de armas resultan, al parecer, completamente superfluas.

 

Autor: Jan van Aken

 

17 meses de remisión condicional para la oficinista Marianne B. y 22 meses para el ex gerente de ventas Ingo S. A la empresa Heckler & Koch, se le confiscará un total de 3,7 millones de euros como producto de la venta de las armas. Los otros tres acusados obtuvieron sentencia absolutoria.

 

Informe del 29º y último día del juicio el 21 de febrero de 2019

 

Condena por la obtención subrepticia de licencias. El tribunal consideró que quedó probada la obtención fraudulenta de licencias de exportación a México dado que se presentaron declaraciones de destino final falsificadas a las autoridades alemanas.

 

El juez expuso el caso: Ya la primera licencia para la exportación de 2020 fusiles de asalto G36 extendida el 20 de diciembre de 2005 se obtuvo subrepticiamente, porque el contrato correspondiente entre México y Heckler & Koch había sido cancelado. Como consecuencia, las declaraciones de destino final para las armas de ese contrato perdieron su validez. A continuación, Heckler & Koch concertó nuevos contratos amparados, por parte de México, con declaraciones de destino final indefinido, lo que las autoridades alemanas jamás hubieran aceptado ya que habían vetado la exportación de armas a ciertos estados federales. Los agentes de H&K en México, Axel H. y Markus B., reconocieron de inmediato este impedimento para el negocio y decidieron utilizar la licencia extendida en la fecha mencionada. De lo que se sigue que la licencia se concedió basándose en certificados de destino final nulos.

 

A la vez, ambos agentes se dieron cuenta de que era posible influir sobre lo estipulado en las declaraciones de destino final. Esta influencia fue aumentando en el transcurso del tiempo, hasta el punto de permitirse sugerir activamente a la empresa cuáles eran los estados que debían aparecer en los certificados de destino final. Crearon así la estrategia perfecta para lograr licencias a “estados permitidos”.

 

Es de suponerse, afirmó el juez, que el personal de Heckler & Koch involucrado sabía que las declaraciones de destino final eran una invención. También expuso que, en el Ministerio de Economía y el Ministerio de Relaciones Exteriores nadie tenía idea de los problemas con relación a las mentadas declaraciones.

 

Contenido de las autorizaciones

El tribunal declaró que el destino final en ciertos estados definitivamente nunca formó parte  "ni objetiva ni subjetivamente" de la autorización. Declaró que esto se desprende sin duda alguna del texto de las autorizaciones, que consecuentemente habla sólo de ”entregas" a México". "México es México, nada más."

 

Expuso que las autoridades tenían en mente la meta de restringir la entrega a ciertos estados federales. Pero nadie se puso a pensar cómo implementar este objetivo administrativamente. "El objetivo era, administrativamente, tierra incógnita".

 

"Estamos convencidos de que, de ninguna manera, ni la declaración de destino final en sí, ni el destino final real como tal, pueden considerarse parte de una autorización administrativa" manifestó el juez. En el momento de extenderla, el destino final real de las armas es un hecho futuro, de lo que se sigue que a penas después de ser exportadas pueda descubrirse si existió o no una licencia. De cualquier manera, el solicitante de la licencia no puede influir en el destino que se le dé.

 

Marianne B.

El tribunal manifestó estar convencido de que Marianne B. tuvo siempre conciencia de la ilicitud de sus actos . A más tardar desde comienzos de 2007, sabía ya se podía moldear el contenido de las declaraciones de destino final aun cuando éstas no correspondieran a lo contratado realmente. Hasta llegó a sugerir ella misma, qué estado federal era adecuado . Sin embargo, no tenía ni "soberanía de actuación " ni "interés en el delito" y, por lo tanto, fue condenada sólo por complicidad.

 

Ingo S.

Para su condena resultaron decisivos los correos electrónicos de los días 25 y 26 de abril de 2006, en el que se le informaba que Guerrero aún requería más rifles G36 para lograr el número total de 1508 rifles solicitados. Cuando se le preguntó si Guerrero podía ser nombrado en la declaración de destino final, respondió que "en caso de que Guerrero haya aparecido hasta ahora” pudiera seguir así. Con esto, según el juez,  expresó cierta duda de que posiblemente Guerrero no hubiera aparecido antes en las declaraciones de destino final, no obstante que sabía perfectamente por el correo mencionado,  que ya se habían entregado rifles a Guerrero. Es la única interpretación que cabe darle a su declaración, afirmó el tribunal. Expuso que a Ingo S. no le importó que un estado no mencionado anteriormente en alguna declaración de destino final, ya hubiera recibido rifles. El Tribunal consideró esta actitud ser todo lo contrario de un comportamiento honesto. Concluyó que su respuesta puso de manifiesto haber estado de acuerdo con la manera de proceder.

 

Con este intercambio de correos electrónicos, Ingo S. y los principales agentes Axel. H. y Markus B. "acordaron tácitamente" crear una documentación falsamente fehaciente fuera de toda realidad con el fin de hacer posible las exportaciones a México.

 

Sentencia absolutoria para Peter B.

No hay  prueba alguna de que tuvo conocimiento de las actividades ilegales del pequeño grupo de empleados. La acusación contra él se refiere a un solo correo electrónico. Pero no pudo comprobarse que de hecho lo haya leído. Todas las demás pruebas, consideradas aisladamente, no conforman cargos, tal vez una sospecha, sin gran probabilidad de bastar para sentenciarlo.

 

Tampoco se le podría condenar por negligencia. En primer lugar, no hay prueba absolutamente evidente de que Peter B. haya actuado con negligencia y, en segundo lugar, la Ley de Comercio Exterior, desde 2013, no incluye cláusula de negligencia.

 

Requisición de 3,7 millones de euros de Heckler & Koch

De las ventas a los cuatro estados en conflictos, Heckler & Koch obtuvo ingresos de 3 millones 730 044 euros. Esta suma se recaudará en bruto. Según el tribunal, no se pueden deducir de ella los costes de producción o demás gastos.

 

Las penas

Marianne B.: Por ayudar en tres casos a obtener subrepticiamente autorizaciones e instigar a  la banda a violar la Ley de Comercio Exterior: pena de 1 año 5 meses de cárcel conmutada a 3 años de libertad condicional y 250 horas de trabajo comunitario.

 

Ingo S.: Por actuar en banda ayudando e instigando a la infracción de la Ley de Comercio Exterior mediante la obtención subrepticia de permisos en dos casos: pena de 1 año, 10 meses de cárcel conmutada a 3 años de libertad condicional, más una multa por  80.000  euros destinada a instituciones sociales.

 

Para la compañía Heckler & Koch: Requisición del producto de la venta por la cantidad de3 730 044 euros.

___________________________________________________________________________________________________________________________________Traducción del alemán con adiciones de María-Eugenia L. Valenci

La versión original alemana puede consultarse en https://www.rosalux.de/news/id/40024/heckler-koch-29-prozesstag-das-urteil/

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