31.01.2019: Heckler & Koch - Día del juicio 27:

Nadie sabía nada de nada



Los tres primeros defensores pidieron hoy sentencia absolutoria. Adujeron que los empleados subalternos sólo habían cumplido órdenes y que los gerentes no estuvieron involucrados en detalles del asunto. Alegaron que gran parte de la responsabilidad de los hechos en cuestión recae en las autoridades responsables de la concesión de licencias. El defensor del antiguo juez presidente de provincia y más tarde gerente general quiso lucirse presentando subterfugios de carácter jurídico que no tuvieron mucho que ver con los cargos imputados.

 

Autor: Jan van Aken

 

Informe del 27º dìa de juicio, el 31 de enero de 2019

 

Los tres abogados defensores apenas si mencionaron la cuestión clave del juicio – a decir, si las declaraciones de destino final son o no parte integrante de los permisos – afirmando lapidariamente que con toda seguridad no lo eran. El juez presidente había manifestado ya repetidamente que probablemente no lo fueron, de manera que los defensores concluyeron terminantemente que esta cuestión había quedado resuelta "por el juzgado apegándose a la argumentación de la defensa".

 

Si los informes de la defensa del día de hoy sirvieron de algo, fue para poner de manifiesto que urge que Alemania establezca por fin un derecho penal empresarial para estar en condiciones de proceder contra empresas como tales por actos delictivos. Se vio que cada uno de los abogados de los acusados se esmeró en hacer resaltar la función específica de su respectivo cliente dentro de la empresa, siguiendo de esto que a ninguno de ellos se le puede hacer responsable de las exportaciones ilegales: una por ser sólo empleada subordinada que hubo de cumplir órdenes, los acusados con cargos ejecutivos por no haber estado involucrados en los detalles del asunto y , por lo tanto, por no tener conocimiento en lo absoluto del curso que siguió el negocio.

 

El concepto de "delito en banda" fue puesto en tela de juicio rotundamente por el defensor de Ingo S. En su opinión, pudiera hablarse jurídicamente de tal cargo suponiendo necesariamente, como prerrequisito, actos "reiterados ", pero, como es el caso, un acto aislado único no cumple con ese requisito. Si hubiera existido un "sistema delictivo bien establecido", entonces no siempre podría hablarse de “nuevos delitos” y, por lo tanto, tampoco de que haya existido una banda. Ante todo, en los sumarios no se investigó a fondo el papel de los dos presuntos miembros de la banda, Axel H. y Markus B. Por consiguiente, no pude afirmarse con certeza que haya habida tal banda. El defensor insistió que es importante aclarar esta cuestión ya que determinará la envergadura de la pena, y al no existir el cargo, tampoco se le puede imputar a su cliente de delito en un caso especialmente grave.

 

Informe del defensor de Marianne B.

El informe de defensa fue pronunciado por el abogado de Marianne B., quien, para comenzar, crítico las exportaciones de armas pequeñas que "reclaman víctimas inocentes en todo el mundo". SA decir del abogado, "la consideración de los derechos humanos no estuvo en primer plano, el enfoque estuvo únicamente en el negocio." Manifestó que sólo había una manera de evitar el uso indebido de las armas exportadas: prohibir simple y sencillamente la exportación a esos países. Es un hecho que en México han muerto personas inocentes al usar clandestinamente el G36. Es algo espantoso y que pesa mucho.

 

Su clienta trabajaba siguiendo exclusivamente instrucciones. "En su manera de pensar y creyendo en la autenticidad del documento de México, estaba actuando como debía." A su manera de ver, las alteraciones hechas a las declaraciones de destino final no representaban para ella algo indebido, ya que, si las autoridades responsables de la concesión de licencias requerían un papel diferente, había que presentarlo.

 

El abogado defensor recalcó que la Sra. B. no había recibido algunos de los correos decisivos, especialmente no aquel con la cancelación del primer pedido – que constituye un elemento decisivo en el cargo imputado por obtención subrepticia de un permiso. Según el abogado, su clienta jamás estuvo involucrada en ninguna clase de chanchullos y, por lo tanto, nunca formó parte de una banda.

 

El abogado considera que gran parte de la responsabilidad recae en las autoridades que dan las licencias, ya que la concesión de tales permisos casi se representa un “pecado original”, siendo que todo el mundo sabía perfectamente que no existía manera alguna de control. Se debía también acusar a las autoridades por negligencia. El Gobierno Federal había decidido extender el permiso por no contrariar a México. Por este motivo se buscó la manera de de hacer posible la exportación y a la vez el modo para desentenderse del acto.

 

Heckler & Koch dio a conocer, al iniciarse el juicio, que había recapacitado sus acciones y cambiado su política. Según el abogado, ya era hora de que la empresa pagara sin remilgos la cantidad exigida de 4,1 millones de euros.

 

El defensor anunció que, una vez presentados todos los informes de la defensa, Marianne B. quiere hacer una declaración personal.

 

Informe del defensor de Ingo S.

Su abogado recalcó, en primer término, que el nombre de su cliente no aparece prácticamente en ningún documento de los expedientes y que la acusación contra él se basa en unos cuantos correos electrónicos, debiendo considerarse que la documentación, ya en 2015, abarcaba un total de 14.271.

 

A continuación, se aventuró a afirmar que las oficinas de autorización habían desistido obviamente de manifestar reservas en cuanto a determinados estados federales, dado que en las autorizaciones aparece México como país permitido, sin mencionar ninguna restricción en relación a determinadas provincias.

 

En su informe el abogado insistió, al menos una docena de veces, en que Ingo S. no había tenido que ver nada con detalles del asunto. De la tramitación de permisos se habían encargado empleados de la administración. La mayor parte del tiempo él había estado de viaje y no había tenido manera de influir en la central. Por cierto, como Heckler & Koch no era un "tenducho cualquiera", ¿por qué motivo el jefe hubiera tenido que ocuparse de nimiedades? "Si el jefe no sabe nada de la mala conducta de sus empleados, tampoco puede corregirlos".

 

El defensor preciso, que la acusación de obtención subrepticia se basa en el hecho de que no se informó a las autoridades encargadas de la concesión de licencias de la cancelación de un contrato. Según el abogado, la interrogación de los testigos puso de manifiesto, que las autoridades nunca se ocuparon de los contratos, y que por lo tanto tampoco pudo haber fraude.

 

Las diligencias de pruebas no demostraron con certeza que Sahlmann haya tenido conocimiento de lo que le acusa la fiscalía. El precepto "in dubio pro reo" debe respetarse.

 

Informe del defensor de Peter B.

El defensor del ex presidente del Tribunal de provincia. Peter B., se adentró en las profundidades de la lengua española. Sostuvo que en la traducción alemana de las declaraciones de destino final mexicanas aparece el término (en alemán: ist bestimmt) que significa "está destinado a" (tal o cual estado federal). En el original español, sin embargo, se lee "será destinado", gramaticalmente hablando, tiempo futuro que debe traducirse correctamente "estará destinado a” (en alemán: wird bestimmt sein)". De hecho, una acción futura. Por lo tanto, a opinión suya, se conoce que, en el momento de redactar esta declaración, las autoridades mexicanas no habían determinado aún al usuario final real y, por lo tanto, no se contraía obligación vinculante alguna por parte de la DCAM. El destino final de las armas se especificaba: México. Se sigue de esto, que las declaraciones de destino final, desde el punto de vista objetivo no eran en sí falsas. En opinión del defensor, se trata de una argumentación muy osada por parte del fiscal, sobre todo porque éste ni siquiera intentó considerar que "SERÁ destinado" sólo puede tener ese significado futuro. Sin un peritaje lingüístico -que no solicitó ni presentó en la diligencia de prueba- tal interpretación de la lengua española viene a ser su manera personal de ver las cosas, que, jurídicamente hablando, muy probablemente carezca de toda importancia, manifestó el defensor.

 

El defensor sostuvo que, sin embargo, en su búsqueda de subterfugios legales, el fiscal perdió de vista la acusación real contra su cliente. En su informe de estrado, la fiscalía presentó una serie de pruebas circunstanciales para demostrar que Peter B. sabía, a más tardar el 8 de diciembre de 2006, que se habían entregado armas al estado federal conflictivo de Guerrero. Ese día, B. recibió un correo al respecto. No obstante, según la fiscalía, siguió presentando declaraciones de destino final a las autoridades encargadas de la autorización y, se abstuvo, en su calidad de encargado de las exportaciones, de detener las exportaciones.

 

En su informe, su abogado defensor hizo hincapié repetidamente en que Peter B. se convirtió en responsable de las exportaciones a partir del 25 de julio de 2007 y que no hubo alteraciones en las declaraciones de destino uso final después de esa fecha.

 

Observación

Si bien ambas afirmaciones puedan ser correctas, eso no cambia en nada el hecho de que B., en ese momento, ya estaba enterado que las armas habían llegado a lugares a los que no deberían haber llegado. Y debe tenerse en cuenta, para terminar, que, ni Peter B. ni su abogado contradijeron la suposición del fiscal, de que B., de hecho, leyó el correo electrónico decisivo el día 8 de diciembre de 2006.

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Traducción del alemán: María-Eugenia L. Valenci

La versión original alemana puede consultarse en https://www.rosalux.de/news/id/39913/heckler-koch-prozesstag-27-niemand-hat-nichts-gewusst/

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